Se subvencionarán las primas de contratos de seguros agrarios combinados formalizados por personas titulares de explotaciones agrarias de Extremadura entre el día 18 de junio del año 2012 hasta el 30 de junio del año 2013, ambos días incluidos, para el aseguramiento de determinadas producciones agrícolas y pecuarias.
La
cobertura es prácticamente total, ya que entran subvenciones para
cereza, tomate, melón, sandía, pimiento, tabaco, explotaciones
vitícolas, uva de mesa, olivar, arroz, maíz, maíz dulce, trigo blando,
trigo duro, cebada, avena, centeno, triticale, cacahuete, sequía en los
pastos aprovechados por el ganado en régimen extensivo y resto de líneas
de seguros pecuarios, a excepción de los seguros de retirada y
destrucción de animales muertos en la explotación, para pólizas
contratadas a partir del día 18 de junio de 2012.
La
subvención consistirá en el 35% del importe correspondiente a la
subvención estatal que figure en la póliza de contrato de seguro
subvencionable, sin consideración de alteraciones posteriores en
concepto de coberturas o de capital. No se subvencionarán cuantías
inferiores a 100 euros por póliza de seguro agrario subvencionable
mientras que la cuantía máxima de ayuda por beneficiario no podrá
superar los 7.500 euros.
Tendrán
preferencia para la obtención de las subvenciones, en primer lugar, los
titulares de explotaciones que tengan la calificación de explotación
agraria prioritaria a fecha de 31 de diciembre de 2012, y, en segundo
lugar, los de menor cuantía de subvención solicitada.
El
plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles
siguientes a la publicación de la orden de convocatoria en el Diario
Oficial de Extremadura.
La solicitud de
la subvención se cumplimentará preferentemente a través de internet, en
el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura, Agralia, a través
dela iniciativa ARADO.
Las solicitudes
normalizadas, debidamente cumplimentadas, firmadas y acompañadas en su
caso de la documentación preceptiva, deberán ser dirigidas ala Dirección
Generalde Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía.
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