miércoles, 22 de enero de 2014

Reforma de la PAC 2015-2020

Reforma de la PAC 2015-2020 que debe redactar la Comisión Europea.

 Sobre los acuerdos políticos alcanzados el pasado mes de junio en Luxemburgo siguen
manteniéndose diferentes interpretaciones entre algunos Estados miembros. Y
en España, el Ministerio y las Consejerías de las diferentes Comunidades
Autónomas también trabajan para definir el modelo nacional de aplicación y
poner por escrito cuestiones claves de la reforma como: la definición de
agricultor activo; las hectáreas elegibles; los pagos acoplados; la convergencia
de las ayudas ó la complicada regionalización productiva.
A pesar de ello, y sin estar publicados los Reglamentos queremos
informaros de algunos aspectos destacables:

AGRICULTOR ACTIVO:
• Pendiente de la definición de los sujetos perceptores de ayudas de la nueva
PAC. Se le podrá exigir:
• Mantener un mínimo de actividad agrícola y/o ganadera..
• Cotización a la seguridad Social Agraria.
• No cobrar pensión de jubilación.
• Podrá no exigirse la condición de Agricultor Activo a los agricultores que
percibieron menos de 5.000 􀀁 de ayudas PAC el año anterior.
• Un tema que España aún no ha decidido.

AGRICULTURA ACTIVA:
• Tierras de Labor: en cultivo y si están en barbecho deberán labrarse al
menos una vez cada dos años.
• Cultivos leñosos: en buen estado fitosanitario y en producción.
• Pastos: ligados a una explotación ganadera compatible con el pastoreo.
CAMBIO DE SISTEMA DE PAGOS:
• Los actuales Derechos de Pago Único (DPU) dejarán de existir el
31.12.2014
• En torno al 50% de las ayudas directas se canalizarán a través del Pago
Básico.
• En la campaña 2015 se asignarán Derechos de Pago Básico (DPB) a
los agricultores y ganaderos que en la campaña 2013 eran titulares de
DPU.
• El importe de los DPB será proporcional al importe de los DPU
(antigua mochila) que posea el agricultor.
• El número de DPB será igual al número de Has. que el agricultor
declare en 2.015, si son igual ó menos que las declaradas en 2013
(mecanismo limitador).

Además, el valor que pierdan en dicho periodo del DPB de un
agricultor no podrá superar el 30%.
• El valor medio de los DPB y la convergencia se definirá a nivel de
Región, según rendimientos productivos.
• Aunque no está decidido, en España se delimitarán en torno a 42
regiones productivas según:
- Tipo de cultivo: 1.- Herbáceos de secano; 2.- Herbáceos de regadío; 3.-
Leñosos y 4.- Pastos.
- Rendimiento productivo de la zona.
- Importe de ayudas de los beneficiarios.

PAGO VERDE ó GREENING:
• Esta nueva ayuda condicionada al cumplimiento de de prácticas
beneficiosas con el medio ambiente representará el 30% de los pagos
individualizados de cada agricultor.
• Cada Estado miembro deberá utilizar obligatoriamente el 30% de su
sobre nacional en pagos “greening”, aunque el importe se calculará
individualmente a cada agricultor.
• Diversificación de cultivos:
- Para explotaciones entre 10 Has. y 30 Has. deberán implantar 2 cultivos; y
el principal no podrá ocupar más del 75%.
- Para explotaciones mayores de 30 Has. deberá mantener 3 cultivo; no
pudiendo superar los dos principales el 95% de la superficie total.
• Mantenimiento pastos permanentes:
- Habrá que destinar al menos el 5% de la superficie de la explotación a
fines ambientales: setos, linderos, yecos, terrazas. Se revisará en 2017 y
se podría incrementar el porcentaje el 7%.
• No tendrán obligación de cumplir el “greening”:
- Las explotaciones acogidas a Agricultura ó Ganadería Ecológica.
- Los cultivos permanentes.
- Las explotaciones con más del 75% de su superficie ocupada por
pastos permanentes.

AYUDA JOVENES AGRICULTORES:
• Es una nueva ayuda a destinada a los jóvenes agricultores, vinculada a
los DPB.
• Para financiar esta ayuda obligatoria se podrá destinar hasta el 2% del
sobre nacional.
• La ayuda será un pago anual al joven durante 5 años.
• Aunque está por decidir, es muy probable que estas ayudas se
reserven exclusivamente a los jóvenes en primera instalación a través
del PDR.

AYUDAS ACOPLADAS:
• Se podrán destinar prácticamente a cualquier subsector agrícola ó
ganadero en dificultades económicas y/o sociales y/o ambientales.
• España podrá destinar a estos pagos acoplados el 13% + 2% a
proteaginosas, de su presupuesto anual.
• España pretende dar prioridad en la concesión de estas ayudas a la
ganadería extensiva con poca base territorial. (Otro tema por decidir).

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